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Costes del Hogar

¿cuánto me pueden subir el alquiler este año?

Cuánto me pueden subir el alquiler al renovar el contrato

Si tu contrato de vivienda habitual se firmó a partir del 26 de mayo de 2023, el límite es el IRAV que publica el INE: con el último dato disponible, el de julio de 2026, un 2,49 %, que sobre una renta de 800 euros son 19,92 euros más al mes. Si se firmó antes y pactasteis el IPC, la referencia es esa: un 3,6 % en el mismo mes, o 28,80 euros. Y si el contrato no pactó expresamente la actualización, la renta no sube, por mucho que suban los índices.

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Septiembre es el mes en que más contratos de alquiler cumplen años en España, y por tanto en el que más cartas de subida se envían y se discuten. La discusión casi nunca va de la multiplicación: va de qué número hay que multiplicar.

El número, si tu contrato es posterior a mayo de 2023

El límite es el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda, el IRAV, que publica el INE cada mes. Con el último dato disponible, el de julio de 2026, es del 2,49 %.

Sobre rentas corrientes:

Renta actual Subida al 2,49 % Renta actualizada Al año
600 € 14,94 € 614,94 € 179,28 €
800 € 19,92 € 819,92 € 239,04 €
1.000 € 24,90 € 1.024,90 € 298,80 €
1.200 € 29,88 € 1.229,88 € 358,56 €

El IRAV se ha movido poco en los últimos doce meses: entre el 2,14 % de enero de 2026 y el 2,49 % de julio. Esa estabilidad no es casualidad, es diseño, y se explica más abajo.

El número, si tu contrato es anterior

Los contratos de vivienda habitual celebrados antes del 26 de mayo de 2023 —la entrada en vigor de la Ley 12/2023— siguen rigiéndose por el régimen que les era aplicable, y en la práctica eso suele significar el IPC que se pactó en su día. En julio de 2026, la variación anual del IPC era del 3,6 %: sobre 800 euros, 28,80 euros al mes en lugar de 19,92.

La fecha que cuenta es la de celebración del contrato. No la de la última prórroga, ni la de la última actualización. Un contrato firmado en 2019 que sigue prorrogándose hoy sigue siendo, a estos efectos, un contrato de 2019.

Antes de mirar ningún índice: ¿procede la subida?

Tres comprobaciones, en este orden, y cualquiera de ellas puede dejar la actualización en nada:

  1. ¿El contrato pactó expresamente la actualización? El artículo 18.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos no deja margen: «En defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos». Sin cláusula, no hay subida.
  2. ¿Ha pasado un año completo de vigencia? La actualización cabe una vez por cada año de contrato, en la fecha del aniversario. No se puede adelantar, ni acumular dos años, ni recuperar la de un año en que no se notificó.
  3. ¿Se ha notificado por escrito? La renta actualizada solo se puede exigir desde el mes siguiente a la notificación, y esa notificación tiene que decir qué porcentaje se aplica (artículo 18.2). Sin notificación no hay subida.

El error del mes de referencia

Es el fallo más frecuente después del de índice, y siempre juega con dinero real. La ley pide el «último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato», y el INE publica el dato de cada mes a mediados del mes siguiente.

Traducido: si tu contrato cumple años el 3 de septiembre, ese día todavía no está publicado el índice de agosto, y probablemente tampoco el de julio. Te toca el de junio. En aniversarios de principios de mes suele aplicarse el índice de dos meses antes, y confundirlo puede significar una décima arriba o abajo, que en un contrato de 1.200 euros son unos 15 euros al año.

La calculadora de la subida del alquiler resuelve esa parte sola: eliges el mes de referencia y aplica el valor publicado exacto, con la serie mensual completa a la vista para que puedas comprobarlo.

Por qué el IRAV sube menos que la inflación

Porque no mide el precio de los alquileres: es un tope antiinflación, y su definición está en la resolución del INE de 18 de diciembre de 2024. Cada mes, el índice es el mínimo entre tres cifras: la variación anual del IPC, la del IPC subyacente y una tasa ajustada que coge la distancia entre la inflación y el objetivo del 2 % del BCE y la reduce a la mitad.

De ahí salen dos consecuencias prácticas. La primera es que el IRAV nunca puede superar al IPC, porque el IPC es uno de los candidatos al mínimo. La segunda es que el índice se publica con dos decimales y calculado sobre tasas sin redondear, así que reconstruirlo a mano con los datos de la nota de prensa da a veces una centésima de diferencia. Un índice legal se consulta, no se estima.

Una última cosa que suele olvidarse: el IRAV es un techo, no una obligación. Nada impide pactar una subida menor, y a mucha gente le compensa hacerlo a cambio de estabilidad. Si la carta que has recibido trae un porcentaje que no cuadra con el índice de tu mes, tienes con qué responder.

El recorrido completo —los cuatro pasos previos al cálculo, el histórico de topes extraordinarios desde 2022 y cómo se notifica— está en la guía de cómo actualizar la renta del alquiler con el IRAV.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto pueden subirme el alquiler con el IRAV?

El IRAV es un tope, no un automatismo: marca el máximo que se puede aplicar. Con el último dato publicado, el de julio de 2026, ese máximo es del 2,49 %. Sobre 800 euros al mes son 19,92 euros más, 239 euros al año; sobre 1.200 euros, 29,88 al mes. Las partes pueden pactar una subida menor, y muchas la pactan a cambio de estabilidad.

¿Qué índice se aplica a mi contrato, el IRAV o el IPC?

Depende de cuándo se celebró el contrato, no de cuándo se renovó ni de cuándo se actualizó por última vez. Los contratos de vivienda habitual firmados a partir del 26 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley 12/2023, se actualizan con el IRAV como límite. Los anteriores siguen rigiéndose por su régimen, que en la práctica suele ser el IPC pactado en su día. Un contrato de 2019 que sigue prorrogándose en 2026 sigue siendo un contrato de 2019.

¿Qué mes del índice hay que aplicar?

El del último índice publicado en la fecha de actualización del contrato, que no es el mes del aniversario. El INE publica el IRAV de cada mes a mediados del mes siguiente, así que en aniversarios de principios de mes suele tocar el índice de dos meses antes. Es el error más común después del de índice, y siempre cambia el resultado.

¿Pueden subirme el alquiler si el contrato no dice nada?

No. El artículo 18.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos es taxativo: en defecto de pacto expreso, no se aplica actualización de rentas. Si el contrato no dice que la renta se actualiza, no se actualiza, y da igual lo que hagan la inflación o el índice.

¿La subida se aplica sola o hay que notificarla?

Hay que notificarla por escrito, y la renta actualizada solo se puede exigir desde el mes siguiente a esa notificación, según el artículo 18.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. La notificación tiene que indicar el porcentaje aplicado. Sin notificación no hay subida, y una actualización no notificada en su momento no se recupera después.

¿Por qué el IRAV es más bajo que el IPC?

Porque está construido para serlo. Cada mes, el IRAV es el mínimo entre la variación anual del IPC, la del IPC subyacente y una tasa ajustada que reduce a la mitad la distancia entre la inflación y el objetivo del 2 % del BCE. Como el IPC es uno de los candidatos al mínimo, el IRAV nunca puede superarlo. En julio de 2026 la diferencia era de 2,49 frente a 3,6.

Fuentes de este artículo

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